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El pasado 16 de julio de 2025, el Tribunal Supremo dictó una sentencia clave para el marco laboral español. En ella, reafirma que no cabe incrementar judicialmente la indemnización por despido improcedente más allá de los límites legales actuales, situados en 33 días por año trabajado (o 45 días para los periodos anteriores a la reforma laboral de 2012), con un tope de 24 mensualidades.

Esta resolución consolida la doctrina mayoritaria de los tribunales y tiene importantes implicaciones prácticas para empresas, trabajadores y asesores laborales.

¿Por qué el Supremo mantiene el límite actual?

El razonamiento central del Alto Tribunal es claro: la indemnización legal vigente cumple con el principio de “adecuación” y garantiza dos valores fundamentales del ordenamiento jurídico español:

  • Seguridad jurídica.

  • Uniformidad en la aplicación de la norma.

El tribunal se pronuncia, además, sobre el artículo 24 de la Carta Social Europea, que exige que los Estados garanticen a los trabajadores despedidos una “indemnización adecuada u otra reparación apropiada”. El Supremo entiende que se trata de una norma programática, sin efecto directo en el ordenamiento interno si no hay una transposición legislativa expresa.

¿Qué dice Europa? ¿Y por qué no se aplica?

La decisión del Supremo se enmarca en un contexto internacional complejo. En los últimos años, el Comité Europeo de Derechos Sociales ha cuestionado que el sistema español ofrezca compensaciones realmente efectivas, especialmente en supuestos de contratos de corta duración o despidos sin causa justificada.

No obstante, el Supremo insiste en que las decisiones del Comité no son vinculantes y, por tanto, no pueden usarse como base para modificar los criterios judiciales aplicables en España. Esa responsabilidad recae, exclusivamente, sobre el legislador.

Votos particulares: una grieta en la doctrina

La sentencia no fue unánime. Tres magistrados emitieron votos discrepantes en los que defendían una interpretación más amplia del artículo 24 de la Carta Social Europea.

Estos jueces consideran que, en supuestos especialmente graves o desproporcionados, los tribunales sí deberían poder reconocer indemnizaciones superiores, utilizando la Carta como norma interpretativa con capacidad transformadora.

Aunque minoritaria, esta posición abre un debate sobre la necesidad de mecanismos judiciales correctores para casos excepcionales que escapen al automatismo de la indemnización tasada.

Reacción institucional: dos visiones enfrentadas

La sentencia ha tenido una doble lectura en el ámbito político:

  • El Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, mantiene su compromiso con una futura reforma del despido, con el objetivo declarado de alinear el marco normativo español con la Carta Social Europea.

  • Por su parte, el Ministerio de Economía y las principales organizaciones empresariales han acogido con satisfacción la resolución del Supremo, destacando el valor de la seguridad jurídica y la previsibilidad en el entorno laboral.

¿Qué implica esta sentencia para empresas, trabajadores y asesores?

Perfil Consecuencias
Trabajadores No podrán reclamar judicialmente indemnizaciones superiores a las legales. Solo cabe una modificación vía legislativa o mediante acuerdos colectivos.
Empresas Se refuerza la seguridad jurídica en casos de despido improcedente. Se mantiene el marco tasado actual, sin riesgo de condenas adicionales por daño.
Asesores y RR.HH. Será fundamental realizar un seguimiento estrecho de la evolución legislativa y prever escenarios ante una posible reforma. También conviene revisar los procesos internos y adaptar la gestión de plantilla a un posible nuevo marco en los próximos años.

¿Y ahora qué?

Con esta sentencia, el Supremo cierra definitivamente la vía judicial para reclamar indemnizaciones superiores por despido improcedente. La posibilidad de modificar este marco queda delegada al legislador, en un momento en que el debate político sigue abierto.

El compromiso del Gobierno con una reforma del despido, las críticas del Comité Europeo de Derechos Sociales y las tensiones entre seguridad jurídica y justicia efectiva auguran un escenario de cambios normativos a medio plazo.

Es previsible que se discutan fórmulas como:

  • La readmisión obligatoria en determinados supuestos.

  • La creación de baremos orientativos o vinculantes.

  • Nuevos criterios para valorar daños y compensaciones de forma más individualizada.

Conclusión

📌 Por ahora, la única indemnización válida sigue siendo la establecida legalmente.
👥 Pero el debate está abierto… y el cambio puede llegar por la vía legislativa.

Desde ThinkCo recomendamos a las empresas mantenerse atentas a la evolución normativa y valorar con antelación el impacto que una futura reforma del despido podría tener en su estructura organizativa y contractual.

Si necesitas apoyo para adaptar tus procesos internos, políticas de RR.HH. o rediseñar tu modelo laboral en un entorno en evolución, estamos a tu disposición para acompañarte en cada paso.