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La prevención de riesgos laborales ya no es un “extra” en el empleo del hogar: pasa a ser una obligación exigible para quienes tienen personal doméstico contratado.

El Real Decreto 893/2024 establece la obligación de evaluar los riesgos del trabajo en el domicilio y documentar las medidas preventivas. La norma prevé que estas obligaciones sean exigibles seis meses después de que esté disponible la herramienta gratuita oficial; esa herramienta fue presentada el 14/05/2025, por lo que la fecha práctica de exigibilidad se sitúa en 14/11/2025.


¿A quién afecta?

A cualquier persona empleadora que tenga contratada a una persona trabajadora del hogar (limpieza, plancha, cocina, cuidados, etc.), con independencia de la modalidad del contrato.


¿Qué implica exactamente la obligación?

La exigencia no es “tener un papel”, sino poder acreditar un proceso básico de prevención adaptado al domicilio:

  • Evaluación inicial de riesgos del puesto (tareas y condiciones reales).

  • Adopción de medidas preventivas para eliminar o reducir los riesgos, dejándolas por escrito con fecha.

  • Entrega de una copia de esa documentación a la persona trabajadora.

  • Actualización de la evaluación cuando haya cambios en las condiciones de trabajo o si se producen daños.


¿Por qué es relevante actuar ahora?

Porque el plazo existe, pero llega rápido. Además, conviene recordar que el real decreto fija que la exigibilidad comienza seis meses después de que la herramienta esté disponible, incluso aunque se contrate el servicio con un tercero.


Consecuencias de no cumplir

En materia de prevención, las sanciones pueden calificarse como graves o muy graves, con cuantías que van desde 2.451 € hasta 49.180 € en graves y que, en supuestos muy graves, pueden alcanzar 983.736 €, según la tipificación y circunstancias.

Más allá de la sanción, el punto crítico es la exposición a responsabilidades si se produce un accidente y no se ha evaluado el riesgo ni implantado medidas.


Recomendación práctica

Antes de iniciar la evaluación, dedica 10 minutos a recopilar:

  1. Tareas habituales (limpieza, cocina, plancha, cuidados, etc.).

  2. Zonas donde se realizan (escaleras, terraza, baño, lavadero).

  3. Riesgos evidentes (suelos resbaladizos, productos químicos, cargas, electricidad, iluminación).

Con ese diagnóstico previo, el proceso se vuelve mucho más rápido y realista.

Si prefieres delegarlo y asegurarte de que la documentación queda completa y coherente, en ThinkCo podemos realizar la evaluación, definir medidas preventivas y dejarte el expediente listo para cumplir.