La clasificación de una empresa como micropyme, pequeña, mediana o gran empresa afecta enormemente a las obligaciones de esta (tanto en materia fiscal como laboral) e incluso a las posibilidades de solicitar determinadas ayudas, ya que considerarse en una categoría puede afectar a las intensidades o incluso dejar fuera una solicitud por su clasificación.
Actualmente la UE la define de la siguiente manera:
Para pertenecer a una categoría se debe cumplir el límite de número de empleados y no superar la cifra de volumen de negocio o la de balance general.
Fuente: DIR. Gral. De estrategia industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa
La propuesta no afecta al número de trabajadores, pero sí a los datos económicos siendo:
Microempresa: cifra de negocios igual o inferior a 900.000€ o Activo igual o inferior a 450.000€
Pequeña empresa: cifra de negocios igual o inferior a 15.000.000€ o Activo igual o inferior a 7.500.000€
Mediana: cifra de negocios igual o inferior a 45.000.000€ o Activo igual o inferior a 25.000.000€
Con este cambio muchas empresas verán cambiada su categoría de empresa, y por tanto las obligaciones y derechos, afectando también como decíamos en el ámbito de las ayudas, como por ejemplo las obligaciones para presentar las cuentas abreviadas o auditar los estados financieros.