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Una reciente sentencia del Tribunal Supremo supone un antes y un después para muchas empresas familiares y pymes: la retribución que reciben los socios que además ejercen funciones de administración es deducible en el Impuesto sobre Sociedades… siempre que puedan demostrar que realizan un trabajo real y efectivo para la empresa.
¿Qué cambia exactamente?
Hasta ahora, existía cierta incertidumbre (y bastante recelo por parte de Hacienda) sobre si estas retribuciones podían esconder dividendos encubiertos, es decir, beneficios repartidos con otra apariencia.
🔍 Pero el Supremo ha sido claro: si el trabajo existe y está acreditado, el gasto es deducible, incluso aunque no figure expresamente en los estatutos sociales o el socio tenga más del 25 % de la empresa.
Esto aclara y refuerza lo que muchas empresas familiares ya sabían pero no podían defender con seguridad jurídica.
¿Qué empresas se benefician?
Especialmente aquellas en las que los propios socios son quienes:
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Dirigen el día a día de la empresa
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Toman decisiones estratégicas
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Asumen funciones propias de un administrador
En este tipo de estructuras, a menudo muy ágiles y con pocos trabajadores, no era raro que la retribución de los socios se mirara con lupa.
Ahora, se abre la puerta a defender con mayor claridad la deducción de estos gastos si se cumplen las condiciones.
¿Qué criterios establece el Supremo?
La sentencia deja cinco claves que toda empresa debería tener en cuenta:
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Trabajo real y justificado: Si el socio/administrador presta servicios efectivos y están correctamente contabilizados, el gasto es deducible.
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No hay liberalidad si hay trabajo: La remuneración por un trabajo que busca generar ingresos para la empresa no se considera un regalo o donación.
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La infracción mercantil no impide la deducción: Si el cargo no es remunerado según los estatutos, pero se acredita el trabajo, eso no impide deducir el gasto.
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La carga de la prueba es de Hacienda: Si la Agencia Tributaria cree que se trata de un reparto de beneficios encubierto, deberá demostrarlo.
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La doble condición no basta para sospechar: Ser socio y administrador no significa automáticamente que el gasto no sea deducible.
¿Qué implica para tu empresa?
Si eres una pyme o empresa familiar donde los socios están implicados en la gestión, este fallo te da una base sólida para:
✅ Regularizar tu política retributiva
✅ Dedicarte con tranquilidad a funciones directivas sin miedo a inspecciones
✅ Optimizar fiscalmente tu estructura, siempre con documentación clara
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