La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido la Consulta Vinculante V0238-24, de 29 de febrero de 2024, en la que aclara los límites aplicables a las aportaciones a planes de pensiones dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Según la normativa vigente, la reducción general en la base liquidable por aportaciones a planes de pensiones es de 1.500€. Sin embargo, este límite puede ampliarse bajo ciertas condiciones.
Para los trabajadores, el límite general puede incrementarse en 8.500€ si existen contribuciones empresariales o si el trabajador realiza aportaciones adicionales al mismo instrumento de previsión social. Este incremento es posible cuando el trabajador percibe rendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000€ anuales de la empresa que realiza la contribución. Además, la DGT especifica que si un trabajador recibe contribuciones de diferentes empleadores, el cálculo debe hacerse por separado para cada empleador.
En el caso de empresarios individuales o profesionales que sean promotores y partícipes de un plan de pensiones de empleo, el incremento máximo del límite general es de 4.250€. Para los trabajadores que también son autónomos, se pueden aplicar ambos incrementos, aunque la reducción total no podrá exceder los 8.500€ anuales.
Estas aclaraciones ofrecen una mayor comprensión de las posibilidades de ampliación de los límites de aportación a planes de pensiones, proporcionando a los contribuyentes una guía clara para optimizar sus beneficios fiscales en este ámbito.