
La reserva de capitalización se vuelve más atractiva de cara al cierre de 2025: permite reducir la base imponible por el incremento de fondos propios, con un porcentaje general del 20% y mejoras adicionales si la empresa aumenta plantilla media y la mantiene.
¿A quién afecta?
A sociedades que, en 2025, vayan a incrementar fondos propios (por ejemplo, reteniendo beneficios) y quieran optimizar su Impuesto sobre Sociedades en el cierre.
Qué permite aplicar
-Reducción general: 20% del incremento de fondos propios.
-Reducción mejorada por empleo (si sube plantilla media y se mantiene 3 años):
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- +2% a 5% → 23%
- +5% a 10% → 26,5%
- +10% → 30%
Requisitos clave
Para que sea aplicable y defendible:
- Mantener el incremento de fondos propios durante 3 años.
- Dotar una reserva indisponible por el importe aplicado.
- Si se aplica la mejora por empleo, mantener también el incremento de plantilla durante 3 años.
Límites a tener en cuenta
- Con carácter general, la reducción llega hasta el 20% de la base imponible positiva previa.
- Si la cifra de negocios es inferior a 1 millón de euros, el límite sube al 25%.
- Si no puede aplicarse por falta de base, se puede utilizar en los 2 ejercicios siguientes.
Antes de cerrar el ejercicio, conviene revisar si habrá incremento de fondos propios, si existe margen de base imponible suficiente y, en su caso, si el aumento de plantilla media permite acceder a un porcentaje superior. Esto evita perder la oportunidad por una planificación tardía o por no dotar correctamente la reserva.


