En las últimas semanas han sido muchos los autónomos que han recibido notificaciones reclamándoles la devolución de las ayudas recibidas en el periodo comprendido entre abril y diciembre de 2020.
La situación de crisis sanitaria global generada por la pandemia del COVID-19 y el impacto económico y social que produjo hicieron necesario adoptar medidas extraordinarias para apoyar la continuidad de la actividad productiva.
Una de ellas, contenida en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, fue la creación de una prestación extraordinaria por cese de actividad dirigida a los trabajadores autónomos que habían tenido que suspender su actividad o habían sufrido una importante reducción en su facturación, la conocimos como PECATA.
De acuerdo con el art. 17.9 del Real Decreto-ley, aquellas prestaciones, gestionadas por las mutuas, se reconocieron inicialmente con carácter provisional y, finalizado el estado de alarma, debían revisarse antes de considerarlas definitivas. En cumplimiento de esta obligación, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social están revisando todas las resoluciones provisionales de prestaciones concedidas.
En caso de haber recibido en su día la ayuda, debe estar muy atento a su correo pues será por esta vía como la Mutua requerirá la documentación para auditar la misma, las mutuas están realizando las revisiones progresivamente.
Si una vez enviada por la mutua la reclamación de información, esta no recibe respuesta por parte del autónomo, la notificación será entendida como leída y comenzará el proceso de reclamación.
Cuando el autónomo envía la documentación requerida, la mutua emitirá una resolución definitiva en la que se indicará si se ratifica el reconocimiento inicial, si se deniega el derecho provisional o si se mantiene, pero modificado el importe y el tiempo que fue concedido