La Campaña de la Renta 2024 ya ha comenzado y llega con cambios importantes que debes conocer. Desde el 19 de marzo ya puedes consultar tus datos fiscales, y a partir del 3 de abril, podrás presentar tu declaración.
Te resumimos aquí las principales novedades, los cambios clave y las fechas que debes marcar en tu calendario.
1. Ahora puedes pagar con Bizum
Si tu declaración sale a ingresar, este año puedes pagar:
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A través de Bizum
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Con tarjeta de crédito o débito
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O con los métodos tradicionales
Una medida que facilita el proceso, especialmente para quienes prefieren métodos digitales.
2. ¿Quién tiene que declarar este año?
🔹 Si cobras menos de 22.000 € anuales de un solo pagador, en general, no tienes que declarar.
🔹 Si tu segundo pagador te ha pagado más de 1.500 €, tendrás que hacerlo.
🔹 Novedad importante: Si en 2024 has cobrado hasta 15.876 € brutos, estarás exento de declarar IRPF.
También se amplía la reducción por rendimientos del trabajo:
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Si tus rendimientos netos son inferiores a 19.747,5 €, te beneficiarás.
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La reducción máxima sube a 7.302 € (el año pasado era de 6.498 €).
3. Reducción para arrendadores: nuevas condiciones
Si alquilas un inmueble, atento a los nuevos porcentajes:
🔹 50 % de reducción general para contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023.
🔹 90 % si reduces el alquiler en más del 5 %.
🔹 70 % si alquilas por primera vez a jóvenes (18-35 años).
🔹 60 % si la vivienda fue rehabilitada en los dos años previos.
Estas medidas buscan fomentar el alquiler en zonas tensionadas y facilitar el acceso a la vivienda.
4. Criptomonedas: obligación de declarar
Se añaden nuevos apartados específicos para declarar operaciones con criptomonedas.
¿Qué se debe declarar?
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Ganancias o pérdidas por venta de criptomonedas
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Intercambios entre monedas virtuales (permuta)
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Pérdidas por quiebra de plataformas (en ciertos casos)
📌 Se aplica el criterio FIFO (las primeras en entrar, son las primeras en salir).
📌 La ganancia o pérdida se declara en el momento de la entrega de la criptomoneda, no cuando se cobra.
Ojo con las permutas:
Estas operaciones también generan una ganancia o pérdida. Se valoran según el mayor de:
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El valor de mercado de la moneda entregada
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El valor del bien o derecho recibido
Si hay una quiebra de la plataforma, la pérdida solo se declara si:
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Hay una quita judicial
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Termina el concurso sin pago
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Pasa un año sin recuperar el crédito
📌 En ese caso, se integra en la renta general, no en la del ahorro.
5. Rectificación de errores: ahora más fácil
Se simplifica el proceso para corregir una declaración ya presentada.
➡️ Ya no es necesario esperar a una resolución administrativa.
➡️ Puedes modificar directamente tu autoliquidación, aunque el resultado no cambie.
📆 Fechas clave para la Campaña de la Renta 2024
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Consulta de datos fiscales: desde el 19 de marzo
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Presentación online (Renta Web): del 3 de abril al 30 de junio
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Presentación telefónica: desde el 6 de mayo
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Atención presencial: del 2 al 30 de junio
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Último día para declarar con domiciliación bancaria: 25 de junio
✅ Conclusión
La Campaña de la Renta 2024 incorpora mejoras, cambios normativos y nuevos controles, especialmente en ámbitos como el alquiler y las criptomonedas.
Tener un buen asesoramiento este año es más importante que nunca.
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