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El Gobierno aprueba la nueva obligación de emitir facturas electrónicas para pymes y autónomos

¿Qué cambia?
El Gobierno ha aprobado el Real Decreto que desarrolla la factura electrónica obligatoria en las operaciones entre empresarios y profesionales. La medida afectará a pymes, autónomos y empresas, aunque su aplicación efectiva no será inmediata: entrará en vigor una vez Hacienda ponga en marcha una plataforma pública gratuita y se apruebe la Orden Ministerial que la regule.

¿A quién afecta?
A empresas y profesionales que emitan facturas en operaciones B2B, es decir, entre empresarios y autónomos. No se aplicará en las ventas a consumidor final, donde podrán seguir utilizándose tiques o facturas simplificadas en los supuestos permitidos.

Qué implicará esta nueva obligación
Las empresas podrán cumplir de dos formas:

  • Utilizando una plataforma privada de facturación electrónica.
  • Empleando la solución pública gratuita que deberá desarrollar la Agencia Tributaria.

En ambos casos, la Administración recibirá información sobre la factura emitida y su estado, incluyendo si ha sido aceptada o rechazada y la fecha de pago.

Plazos previstos de entrada en vigor
La obligación no comienza con la aprobación del Real Decreto, sino a partir de la futura Orden Ministerial que regule la solución pública.

  • Empresas y profesionales con facturación superior a 8 millones de euros: deberán adaptarse en el plazo de 1 año desde la aprobación de esa Orden.
  • Empresas y autónomos con facturación inferior a 8 millones de euros: dispondrán de 2 años.

Además, la obligación de comunicar a Hacienda el estado de las facturas tendrá su propio calendario:

  • Más de 8 millones de euros de facturación: 1 año desde la Orden Ministerial.
  • Menos de 8 millones de euros: 3 años desde la entrada en vigor de la Orden.

Aspectos clave a tener en cuenta
Para muchas pymes y autónomos, esta obligación supondrá revisar con antelación su sistema de facturación, los programas utilizados y la capacidad de integración con la futura plataforma pública. No se trata solo de emitir facturas en formato digital, sino también de poder informar correctamente sobre su trazabilidad y estado de cobro.

No debe confundirse con VeriFactu
Esta obligación deriva de la Ley Crea y Crece y es distinta de VeriFactu. Mientras la factura electrónica obligatoria busca impulsar la digitalización y mejorar el control de los plazos de pago y la morosidad, VeriFactu responde a otra lógica y se centra en la remisión de determinados registros de facturación a Hacienda con fines de control tributario.

Antes de su entrada efectiva, conviene que pymes y autónomos revisen si su software actual será compatible, qué cambios operativos deberán asumir y qué calendario real les aplicará. Anticiparse evitará adaptaciones precipitadas cuando se publique la norma definitiva.