
La Región de Murcia ha reabierto en 2026 su programa de subvenciones para el fomento de la contratación indefinida, una línea dirigida a empresas, autónomos y otras unidades económicas con centro de trabajo en la comunidad. La convocatoria financia tanto nuevas contrataciones indefinidas de personas desempleadas como la conversión de contratos formativos en indefinidos, siempre que la jornada sea completa o, al menos, del 50% de la ordinaria.
¿A quién afecta?
La ayuda está pensada para empleadores con centro de trabajo en la Región de Murcia y se articula en varias líneas: contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención, contratación estable de jóvenes menores de 30 años, conversión en indefinido de contratos formativos, contratación en municipios de menos de 10.000 habitantes, programa de retorno talento y reinserción laboral de militares de tropa y marinería que hayan finalizado su compromiso de larga duración al cumplir los 45 años.
Qué cubre realmente la convocatoria
La estructura de la ayuda no responde a una única subvención plana, sino a un sistema bastante segmentado. En la línea general se apoyan contrataciones de desempleados de larga duración, personas que estén realizando prácticas no laborales, mujeres con hijos menores de cuatro años, víctimas de violencia de género, de trata o de terrorismo, perceptores de renta mínima o ingreso mínimo vital y personas en riesgo de exclusión social. En paralelo, la convocatoria mantiene una línea específica para jóvenes y otra para convertir contratos formativos en empleo estable, lo que refuerza el enfoque de empleo indefinido como vía ordinaria de inserción.
Cuánto puede cobrar la empresa
Las cuantías parten de 6.000 euros para una contratación indefinida a jornada completa de una persona desempleada de larga duración y pueden subir a 7.000 euros si acumula 24 meses ininterrumpidos inscrita como desempleada, a 7.500 euros si además es mayor de 45 años y a 8.000 euros si supera los 52. También se prevén 5.500 euros para la contratación de personas que estaban desarrollando prácticas no laborales, 8.000 euros para mujeres con hijos menores de cuatro años, 8.500 euros para víctimas de trata, terrorismo, perceptores de renta mínima o IMV y personas en riesgo de exclusión, y 9.350 euros para mujeres víctimas de violencia de género o en contextos de prostitución. En varios colectivos, si la persona contratada es mujer, la ayuda se incrementa un 10%.
En el caso de los jóvenes menores de 30 años, la subvención es de 5.000 euros a jornada completa y 2.500 euros a jornada parcial. Si se contrata a una persona titulada universitaria o de grado superior para funciones vinculadas a su titulación y el alta se produce en los grupos de cotización 1 o 2, el importe sube a 5.500 euros o 2.750 euros, respectivamente. La conversión de contratos formativos en indefinidos también cuenta con 5.000 euros a jornada completa y 2.500 euros a jornada parcial, con mejora del 10% si la conversión se realiza a una mujer.
El extra que puede hacer despegar la ayuda
La parte más interesante para pequeños empleadores está en el complemento por primera contratación. La norma permite sumar 2.000 euros adicionales si la contratación indefinida de las líneas 1, 2, 5, 7 u 8 la realiza un autónomo, una cooperativa o una sociedad laboral que incorpore a su primer empleado a jornada completa; si la jornada es parcial, el extra es de 1.000 euros. Eso significa que, en los supuestos más favorables, la ayuda puede alcanzar 11.350 euros, superando claramente la cifra que a simple vista parece marcar el tope ordinario de la convocatoria.
Plazos: aquí es fácil equivocarse
El plazo general de solicitud está abierto desde el 9 de abril hasta el 30 de septiembre de 2026, pero la clave práctica está en el plazo individual: cada solicitud debe presentarse en el plazo de un mes desde la fecha de alta en la Seguridad Social o desde la conversión del contrato formativo en indefinido. Para contrataciones o conversiones realizadas entre el 1 de octubre de 2025 y la publicación del extracto de la convocatoria, se habilitó un plazo extraordinario desde el 9 de abril hasta el 11 de mayo de 2026. Además, la concesión se tramita en régimen de concurrencia no competitiva, por orden de entrada, hasta agotar crédito.
Qué condiciones debe vigilar la empresa
No basta con contratar. La empresa debe estar al corriente con AEAT, Hacienda autonómica y Seguridad Social, asumir el compromiso de cumplimiento del Código de Conducta en materia de subvenciones de la Región de Murcia y mantener el puesto subvencionado durante dos años desde el alta o desde la conversión en indefinido. Además, estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, aunque sí pueden convivir con bonificaciones o reducciones en las cuotas de Seguridad Social previstas por la normativa laboral.
Qué contratos quedan fuera
La orden también marca exclusiones relevantes. No entran los fijos discontinuos, las contrataciones de cónyuges y familiares hasta segundo grado, las puestas a disposición realizadas por ETT, las relaciones laborales especiales, los supuestos en que la persona contratada ya hubiera trabajado con contrato indefinido en la misma empresa, vinculadas o grupo en los doce meses anteriores, ni determinadas empresas que hayan realizado despidos improcedentes o colectivos en el año previo.
La lectura de fondo
La convocatoria de 2026 no es solo una ayuda genérica al empleo. Está diseñada para premiar la contratación estable en colectivos con más dificultades de inserción y para empujar a pymes y autónomos hacia relaciones laborales indefinidas. La oportunidad existe y las cuantías son relevantes, pero la clave no está solo en el importe máximo: está en encajar bien la línea aplicable, respetar los plazos y evitar exclusiones que pueden dejar fuera el expediente cuando la contratación ya está hecha.


