El 11 de Julio de 2021 se reduce de 2.500 a 1.000 euros el límite máximo para realizar pagos en efectivo. (Ley 11/2021 de 9 de Julio de 2021)
Con esta nueva ley que entra en vigor debemos tener en cuenta las siguientes modificaciones:
• Si alguna de las dos partes es empresario u autónomo el límite de efectivo deberá ser igual o menor a 1000 euros.
• Si el pagador es persona física que pueda justificar que su residencia no está en España y no actúe como empresario el límite de efectivo deberá ser igual o menor a 10.000 euros.
• Si hay facturas realizadas que están sin pagar o cobrar también están sujetas a la nueva normativa, es decir, se aplicarán a todos los pagos efectuados a partir de la entrada en vigor de la norma, aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de la limitación.